DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE en virtud de la materia para conocer de la presente DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA (DOCUMENTO PRIVADO), interpuesta por la ciudadana: YESENIA DEL CARMEN GONZÁLEZ TORO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.477.485, contra el ciudadano: FLUGENCIO ANTONIO GIL PETAQUERO, venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-10.726.659; de conformidad con el artículo 28 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la presente solicitud al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judic.....