DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Nº 2 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE:
ÚNICO: Con fundamento en el encabezamiento del artículo 177 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA C O N L U G A R la solicitud de la Defensa Técnica, y procede a SANEAR la decisión de fecha 17 de Marzo de 2011, mediante la cual se otorgó al ciudadano EDILIO ANTONIO PÉREZ CANELÓN, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.571.694, en el sentido de que el régimen de prueba correspondiente a la medida de LIBERTAD CONDICIONAL que se le otorgó a través de la misma, finaliza en la misma fecha de cumplimiento de la pena principal, es decir, el día 02 de Enero de 2015, y no el día 02 de Febrero de 2018 en que finaliza la pena accesoria de vigilancia d.....