En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar, la cuestión previa de inadmisibilidad opuesta por el codemandado, ciudadano ALFREDO MANRIQUE MUÑOZ, con base en el artículo 346 cardinal 11 del Código de Procedimiento Civil, en el presente juicio de reivindicación, que le sigue a él y a los ciudadanos SAMUEL RUEDA y MARIA TERESA CONTRERAS, los ciudadanos JOSÉ HERNÁNDEZ DÍAZ y LIGIA BERMÚDEZ, ambos identificados.
Se declara sin lugar la apelación formulada por el co-demandado, ciudadano Alfredo Manrique y queda confirmada en los términos expuestos la sentencia de fecha 08-06-2009, dictada por el Juzgado Primero del Municipio Guanare del Primer Circuito Judicial del estado Portugues.....