En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara inadmisible la pretensión de ejecución de hipoteca, incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES BRAN, S.A. (INBRANSA) contra la ciudadana MINIMI VALDEZ TOVAR, ambos identificados.
Se declara sin lugar la apelación formulada por la parte ejecutante, quedando confirmada pero modificada en los términos expuestos, la sentencia de fecha 27-07-2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de este Primer Circuito Judicial.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.