En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Improcedente, el Recurso de Hecho, incoado por el Abogado JOSE ADRIAN VASQUEZ RIERA, en su condición de apoderado judicial del ciudadano JOSE MIGUEL CALANDRA CARMONA, contra el auto proferido por el Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito del Estado Portuguesa de fecha 15-11-2012, denegatorio de la apelación formulada en fecha 09-11-2012, contra la sentencia definitiva proferida por el mencionado Tribunal en fecha 08-11-2012, que declaró inadmisible la pretensión de cumplimiento de contrato de arrendamiento, incoada por la parte recurrente, contra la ciudadana CARMEN TERESA GIL DE ORAA.
Publíquese, regístrese, déjese copia y comuníquese esta decisión al Tribunal de cognición con copia anexa del fallo......