En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:" La Entrega Material del inmueble constituido por tres (3) locales comerciales ubicados en la calle 31 entre avenidas 34 y 35 Edificio Gastone de la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, libre de bienes y personas al apoderado actor Rigoberto Molina, ya identificado, quien estando presente expone:" Recibo conforme el inmueble constituido por tres (3) locales comerciales ubicados en la calle 31 entre avenidas 34 y 35 Edificio Gastone de la ciudad de Acarigua Estado Portuguesa, libre de bienes y personas es todo. Seguidamente el Tribunal habilita el tiempo necesario para continuar con la presente medida. El Tribunal da por cumplida su misión las 8:00 pm y resuelve volver a su sede. Es todo. Terminó, se ley.....