RESUMENN: Este Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Sección Adolescente del Circuito Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara con lugar la solicitud hecha por la Fiscal del Ministerio Publico, referida a oír la declaración del adolescente antes mencionado, y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente, del articulo 582 literales ¿c¿ y ¿f¿ se acuerda la medida de presentación al Tribunal mensualmente, tal como quedo establecido anteriormente en contra del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA). Por cuanto el adolescente se encontraba detenido en el Centro de Diagnostico y Tratamiento de (v) Guanare, se ordeno su libertad inmediata.
Quedaron notificadas las partes de dicha decisión.
En la ciudad de Guanare a los 28 días del mes de Diciembre de 2004.
LA JUEZ DE CONTROL NO 2
ABG. MARIA CAROLINA ROJAS DE IZQUIERDO
LA SECRETARIA,
Ab.....