DISPOSITIVA:
Por las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Unipersonal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al acusado IDENTIDAD OMITIDA, antes identificado, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad a lo establecido en el artículo 602 literales "b" y "e" de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente.
Se deja constancia que el texto integro del presente fallo, fue leído en audiencia oral y privada celebrada en fecha 29 de Enero de 2008, y en esa misma fecha se realizó su publicación, con lo cual quedaron notificadas las partes.
Publíquese, diarícese y déjese copia.
Dictada, firmada y sellada en la sede del Tribunal de Juicio del Circuito Ju.....