DISPOSITIVA.
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal Unipersonal de Juicio del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA por el procedimiento de ADMISION DE LOS HECHOS conforme al artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, al adolescente acusado OMITIDO POR MANDATO DE LEY, ya identificado, a cumplir las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, previstas en el los artículos 626 y 624 respectivamente de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas Y Adolescentes, ambas por el lapso de SEIS (6) MESES, por encontrarlo penalmente responsable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto en el artículo 458 del Código penal, en perjuicio de los ciudadanos Miguel David Morán Rodríguez, OMITIDO POR MANDATO DE LEY y Miguel Medina, ya identifica.....