Por todos los argumentos antes explanados, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Campo Elías del estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo Agrario de Nulidad interpuesto por la ciudadana: C. D. C. D.M, venezolana, mayor de edad, Campesina y Productora Agropecuaria, titular de la cédula de identidad N° V-26.188.465, domiciliada en la FINCA "LA COROMOTO", ubicada en el Sector Mata de Caña, asentamiento campesino, Municipio Guanare del estado Portuguesa, cuyo apoderado judicial es el abogado N.M.P, titular de la cédula de identidad N° V-8.054.034, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 20.745; contra Acto Administrativo Agrario dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierra, el cual está identificado de la siguiente manera: De oficio. Incumplimiento.....