En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la demanda de desalojo incoada por la ciudadana CARMEN YANIRA PEREZ, contra la ciudadana AMALIA RIVERO, ambas identificadas.
Se condena a la parte demandada a entregar a la parte actora el referido local comercial, totalmente desocupado, libre de personas y bienes, ubicado en la carrera 12 entre calles 18 y 19 del Barrio El Cementerio de esta ciudad de Guanare, estado Portuguesa, cuyos linderos son los siguientes: Norte, casa y solar que es o fue de la señora Purísima Cordero; Sur, con la carrera 12 que es su frene; Este, solar y casa que es o fue de Luis Adolfo Mendoza; Este, solar y casa que es o fue de Alfredo Durán.
Se declara sin lugar la apelación de la parte demandada y queda confirmada en los térm.....