Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y con competencia transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto en fecha 22/07/2.005 por el abogado Rafael Guerrero Salinas, en su carácter de co-apoderado judicial de la Firma Mercantil Lácteos Los Andes C.A., contra el auto dictado en fecha 15/07/2005 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, que negó oír la apelación interpuesta en fecha 13/07/2.005 por el prenombrado co-apoderado judicial.