DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud planteada por parte de la Defensora Pública Abogada Taide Esmeralda Jiménez, en representación de los acusados(Se omite conforme al parágrafo segundo artículo 65 y 545 LOPNNA), en consecuencia sustituye el arresto domiciliario, previsto en el articulo 582 literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la vigilancia y supervisión exclusiva de sus representantes legales, establecida en el segundo supuesto del mismo artículo 582 de la mencionada ley especial, específicamente los ciudadanos comprometidos en acta, (Se omite conforme al parágrafo segundo artículo 65 y 545 LOPNNA), quienes deberán hacer comparecer a todos los.....