DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados RICHARD ANTONIO SOSA y AIDA CRISTINA ARIAS NAVARRO, en su condición de Defensores Privados del ciudadano RICARDO RENE RODRIGUEZ PULIDO, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 27 de junio de 2013 y publicada en fecha 04 de julio de 2013, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, Extensión Acarigua, mediante la cual CONDENÓ al ciudadano RICARDO RENE RODRIGUEZ PULIDO por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; todo ello a tenor de lo dispues.....