Vista la manifestación expresa de la abogada Fanny Medina Rivero, de cuyo contenido se desprende la voluntad de desistir del procedimiento interpuesta por la parte actora en la presente causa, una vez constatada la existencia en autos del respectivo poder apud acta inserto al folio 83 del presente expediente, de fecha 07-07-2010, otorgado por el ciudadano Kadith Rafael Figuera Pájaro, a la abogada Fanny Medina Rivero y por cuanto a la mencionada abogada le fueron conferidas facultades expresas para darse por citada, intimada o notificada, oponer reconvenciones, demandas, cuestiones previas, promover y evacuar cualquiera de las pruebas admitidas en la legislación, repreguntar, promover testigos, transigir, nombrar árbitro, desistir, pedir medidas preventivas ejecutivas y hacer que se ejecute, solicitar y evacuar posiciones juradas, celebrar transacciones, convenimientos y desistimientos en lo que fuere necesario. Vista la manifestación expresa de desistir de la acción y del procedimien.....