Por los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el RECURSO DE HECHO, interpuesto en fecha 02 de Julio de 2014, por la Profesional del Derecho Abogada: CATHERINA GALLARDO VAUDO, en su carácter de coapoderada judicial de los ciudadanos: RAOUL BERMÚDEZ GONZÁLEZ y CARLOS BERMÚDEZ GONZÁLEZ, plenamente identificados en la narrativa de esta decisión, contra el auto de fecha 19-06-2014, dictado por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA Y DEL MUNICIPIO JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DEL ESTADO TRUJILLO, mediante el cual NEGÓ el recurso de apelación ejercido contra la sentencia dictada en fecha 27 de Mayo de 2014.
Por la naturaleza de la presente decisión .....