DISPOSITIVA:
Por las razones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PÁEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 769 y 773 del Código de Procedimiento Civil y Artículos 462 y 501 del Código Civil, dicta los pronunciamientos siguientes: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de rectificación del acta de nacimiento planteada por el ciudadano IVAN GHIRALDELLI ORAMAS y SEGUNDO: Se rectifica el acta de nacimiento inserta con el Nro. 1.293 en fecha 06 de Noviembre de 1968 en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por la entonces Prefectura del Distrito Páez del Estado Portuguesa, actualmente Dirección del Registro Civil del Municipio Páez del Estado Portuguesa, para que en lo adelante se lea que el primer nombre del nombrado demandante es “IVAN” y no “YVAN”, que su pr.....