D I S P O S I T I V A
Por todas las razones de hecho y de derecho éste TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO CON COMPETENCIA EN RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la demanda de REVISION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN (Extensión) intentada por la ciudadana BELKYS GREGORIA VILLAVICENCIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.660.925, en contra del ciudadano ELIO ANTONIO ROSO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.656.064, en beneficio de la joven MARIA DE LOS ANGELES ROSO VILLAVICENCIO, actualmente de veinte (20) años de edad.
En consecuencia, se fija la cantidad de MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000) mensuales por concepto de Obligación de Manutención (extensión), que.....