Por los motivos antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la presente demanda de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS EXTRA JUDICIALES DE ABOGADOS, incoada por el Profesional del Derecho ciudadano LUIS JAVIER BARAZARTE SANOJA, actuando en su nombre y derecho, contra el ciudadano EDER ANTONIO MORILLO BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.276.365.
SEGUNDO: SE DECLINA LA COMPETENCIA al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo.
TERCERO: Se ordena remitir las presentes actuaciones a los fines que conozca de la presente demanda, una vez quede firme la pres.....