TERCERO
Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, SECCIÓN ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, sanciona al adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, debidamente identificado UT Supra, a cumplir la sanción de privación de Libertad, por el lapso de TRES (3) AÑOS y CUATRO (4) MESES de conformidad con el articulo 628 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente, por la comisión del delito de Homicidio Calificado con Alevosía previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano BRICEÑO SILVA WILFREDO JOSÉ.
Se acuerda remitir la causa al Juez de Ejecución una vez transcurridos el lapso legal para ejercer los recursos.
En la ciudad de Guanare a los veintinueve días del mes de Noviembre del año Dos Mil Seis.
LA JUEZ DE CONT.....