DISPOSITIVA
Por lo anterior expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano PEDRO LUIS RODRIGUEZ GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° 10.643.119, Venezolano, natural de esta ciudad, mayor de edad, Soltero, de profesión u oficio Obrero, domiciliado en el Barrio Bella Vista, Sector II, Calle 30, entre carreras 51 y 52, Casa Nº 1-55, Municipio Páez del Estado Portuguesa, de conformidad con el articulo 105 del Código Penal y 471.1 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia y archívese.
El Juez de Ejecución
Abg. Carlos Antonio Colmenares García
La Secretaria,
Abg. Rosa Marycel Acosta
Seguidamente el Secretario de este Tribunal, dio fiel cumplimiento a lo acordado. Con.....