Concluye entonces esta sentenciadora, que los hechos invocados por los interesados, así como consta en autos el Acta de Matrimonio Nº 12, y Acta de Nacimiento N°59, 134, 31, 159, 34 y 136 que fueron presentadas por ellos, para demostrar sus alegatos, encuadran perfectamente en lo establecido en las Sentencias Nros. 1070, de fecha 09/12/2016, Expediente Nº 16-0916, con ponencia del Magistrado Juan José Mendoza Jover, de la Sala Constitucional, en consecuencia, la presente solicitud interpuesta debe declararse PROCEDENTE. Y así se decide.
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: Carmen Migdalia Torres Mejías y Rafael Antonio Collante, debidamente asistid.....