DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA, previsto en el artículo 406, numeral 1º del Código Penal, cometido en perjuicio de JUAN CARLOS URQUIOLA TONA (OCCISO), de conformidad a lo establecido en el artículo 602, literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Se acuerda la LIBERTAD PLENA del adolescente IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY quien se encuentra cumpliendo arresto domiciliario.
En cuanto a las costas del proceso, tenemos que el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dispone que el Estado garant.....