Por consiguiente, revisado como ha sido el derecho, en base a la presunción de admisión de los hechos alegados por el demandante y por cuanto los conceptos reclamados son procedentes, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA, por el ciudadano Johember Morales contra Industria Maderera Guanarito C.A., condenándose a la parte demandada a pagar al demandante, los siguientes conceptos y montos:
PRIMERO: Las Indemnizaciones previstas en la Ley Orgánica del Trabajo y la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT), por la suma de DIEZ MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES SIN CENTIMOS ( Bs.10.935,00)
SEGUNDO: Por concepto de Daño Moral, la cantidad de VEINTICINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 25.000.,00) .....