En consecuencia este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez, Araure, Agua Blanca, San Rafael de Onoto y Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara:" La Entrega Material constituido por un local comercial, ubicado en la avenida libertador (Av. 31) esquina calle 24 de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa y a la apoderada actora abg. Lesver Rodríguez, ya identificada , libre de bienes y personas, quien expone: "Recibo conforme el inmueble constituido por un local comercial, ubicado en la avenida libertador (Av. 31) esquina calle 24 de la ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa, libre de bienes y personas, es todo. Seguidamente el Tribunal da por cumplida su misión y ordena volver a su sede siendo las 4:30 p.m. Terminó, se leyó y conformes firman