En este orden de ideas, procede esta Juzgadora a declarar LA NULIDAD del auto de fecha 22 de marzo del 2019, y el auto de fecha 29 de abril de 2019, que riela al folio 184 del expediente. En consecuencia, el Tribunal resuelve de la siguiente manera:
PRIMERO: Declara la Nulidad del auto de fecha 22 de marzo de 2019, que riela al folio 177 del expediente, mediante la cual este Tribunal oyó la apelación en un solo efecto.
SEGUNDO: Declara la Nulidad del auto de fecha 29 de abril de 2019, que riela al folio 184 del expediente, mediante la cual este Tribunal acordó las copias certificadas que se remitirían al Tribunal Superior para tramitar la apelación in comento.
TERCERO: Se oye en AMBOS EFECTOS, la apelación, interpuesta por la abogada en ejercicio AURA MERCEDES PIERUZZINI RIVERO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 23.278, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante en la presente causa, mediante la cual apela del auto de fecha 06 de Marzo de 2019, que riela a.....