VIII
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este  Tribunal Superior Primero del Circuito del  Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en  nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por  Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación  formulada por la abogado XIOMARA RODRIGUEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada CENTRAL AZUCARERO PORTUGUESA C.A., contra la sentencia publicada en fecha 24 de marzo del año 2.006, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en Acarigua.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación formulada por el abogado GUSTAVO JUAREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano PEDRO ADAN TORREALBA AGUERO, contra la sentencia publicada en fecha 24 de marzo del año 2.006 y del auto de aclarato.....