Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana: EVA ROSNEIDY GARCIA MOLINA, ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión de las Bienhechurias edificadas sobre una parcela de terreno propiedad Municipal, que ocupa desde mas de siete (7) años en un área de ciento diez con veinticinco metros cuadrados (110,25 mts2) ubicada en el Barrio el Cambio sector 03, calle 03, casa s/n de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa. La cual ha invertido con dinero de su propio peculio personal a su sola expensas. Consistentes en: Una casa de habitación familiar, conformada por paredes de cemento frisado por la parte int.....