En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y con Competencia Transitoria en Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Desistida la apelación formulada por la parte actora en el presente juicio que por reclamación de prestaciones sociales, siguen el Adolescente RDOQ y del niño HDPQ, en su condición de sucesores legítimos de su difunta madre, ciudadana ISABEL QUINTERO contra la entidad bancaria BANCO SOFITASA BANCO UNIVERSAL, ambos identificados; y quedando, en consecuencia, firme, la sentencia definitiva de fecha 31-05-2006, dictada por el Tribunal Nº 01 de Protección del Niño y el Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 484 de la Ley Orgánica que rige esta materia.