Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela
y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias suficientes para asegurarle a la ciudadana YUSELIZ YOLEXA PARRA JIMENEZ ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión de las Bienhechurias y mejoras levantada con dinero de su propio peculio dentro de un área de construcción de ciento cuarenta u nueve metros cuadrados con treinta y un centímetros cuadrado (149,31 mts2), consistentes en: Una casa de habitación, conformada por tres (3) habitaciones, dos (2) baños, una (1) sala, un (1) comedor, una (1) cocina, empotrada, un (1) corredor techado, un (1) Garaje y un patio trasero, construida con pisos de cemento pulido, techo de acerolit, seis (6) ven.....