DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicialdel Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por Desalojo de Local Comercial, incoada por ciudadana VITA SCIALPI LOCOROTONDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.050.178, debidamente asistida por los Profesionales del Derecho ciudadanos: FERNANDO ANTONIO QUEVEDO LOPEZ y JULIO CESAR QUEVEDO BARRIOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros.:V-13.759.395 y V-11.395.303, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nro.:134.257 y 134.075 correlativamente, contra el ciudadano DEIVY GERARDO PEREZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-12.622.108, asistidopor la AbogadaVIVIAN CAROLINA CORREDORES, ve.....