En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la reclamación de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el ciudadano JOSE RAMON RODRIGUEZ contra la empresa demandada GUARDIANES G Y P C.A., todos arriba identificados.
SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada GUARDIANES G Y P C.A., a pagar los conceptos y montos arriba especificados, que suman, la cantidad de DIECINUEVE MIL QUINIENTOS DOS BOLIVARES FUERTES CON VEINTICINCO CENTIMOS (Bs. F. 19.502,25)
TERCERO: Se condena el pago de las cantidades que resulten de la experticia complementaria del fallo, tal como quedó expuesto en la motiva.
CUARTO: Se condena en costa a la demandada por resultar totalmente vencida.