DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal Ordinario en función de Juicio (Mixto) del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE a los ciudadanos MARIO ROBERTO LEAL YAJURE, quien es venezolano, natural de Acarigua del Estado Portuguesa, de 21 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 19.637.581, de profesión u oficio desconocido, residenciado en la calle 05 y 06, con avenida 01, casa N° 64, Barrio Santa Elena, de Acarigua del Estado Portuguesa, y JOSE DANIEL ANZOLA, quien es venezolano, natural de Acarigua del Estado Portuguesa, de 19 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 20.391.619, de profesión u oficio desconocido, residenciado en la calle 05, casa s/N°, Barrio Nueva República, de Acarigua del Estado Portuguesa, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO VEHÍCULO.....