DISPOSITIVA.
Por todas las razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Acuerda: Sustituir el sitio de cumplimiento de la sanción de Privación de Libertad que le fuere impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ........., dicha medida deberá ser acompañada con apostamiento policial. Se ordena el traslado del adolescente IDENTIDAD OMITIDA hasta la residencia de sus representantes legales a través de la Comisaría General "José Antonio Páez" de Acarigua.
Se ordena el traslado del adolescente para el día viernes 01 de agosto a las 6:00 a.m. de la mañana, al departamento de Caumatología del Hospital Central Antonio maría Pineda de la ciudad de Barquisimeto, estado L.....