PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por obligación de manutención que el ciudadano ARNALDO RAFAEL PEREIRA LOPEZ debe satisfacer a su hija DAYRA VALENTINA, y se fija la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00) mensuales, a razón de DOSCIENTOS CINCUENTA Bolívares QUINCENALES (Bs. 250,oo), más, el doble de esta cantidad en el mes de Agosto y el doble en el mes de diciembre por concepto de gastos de uniformes y útiles escolares y gastos propios de la temporada. La cantidad aquí fijada se incrementará en la medida y proporción en que las autoridades competentes aumenten el monto del salario mínimo ya referido.
SEGUNDO: Queda obligado, igualmente, el demandado a cancelar el 50% de los gastos que requiera la niña DAYRA VALENTINA en a medicinas, consultas médicas, entre otros equivalentes a estos.
TERCERO: Ofíciese al Director General de la oficina de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Educación, para que la referida canti.....