DE LA HOMOLOGACIÓN
En este estado interviene la Jueza indicando, que visto el acuerdo suscrito por ambas partes, las Apoderadas de "LOS ACCIONANTES", quienes se encuentran presentes y con facultades amplias, se procedió a constatar las facultades de representación de los Apoderados Judiciales de "LAS ACCIONADAS", por lo que llenos estos extremos y en virtud que la presente mediación versa sobre derechos disponibles y tomando en cuenta que el acuerdo de las partes va en sintonía con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su propósito de estimular los medios alternativos de solución de conflictos y con los principios dispuestos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la tendencia de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, de promover la mediación y la conciliación como mecanismo adecuado y conveniente para la resolución de conflictos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Tr.....