PRIMERO: ratificar al sancionado IDENTIDADES OMITIDAS POR RAZONES DE LEY , las medidas consistentes en: A) Reglas de Conducta, como 1.- La Obligación de estudiar y/o trabajar, quien deberá consignar constancia de estudio o de trabajo; no acercarse a las victimas ni a su entorno familiar, prohibición de cometer un nuevo delito B) Libertad Asistida, consistente en: Las Orientaciones Psicológicas y el respectivo Seguimiento Social, a través del Equipo Multidisciplinarlo de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, ambas previstas en los Artículo 624 y 626 de la Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente. Se impone a los sancionados, la fecha probable que cumple la sanción el día veintiuno (21) de enero de 2015
Pronunciamiento que se dicta en la ciudad de Guanare a los 30 días del mes de agosto del 2013. Notifíquese a las victimas.
La Juez de Ejecución,
Abg. Rosanna Pirelli Martínez.
El Secretario,
Abg. Edwin Luna