Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por los abogados JOSE SAMIR ABOURAS TOTÚA, actuando en su propio nombre, con el carácter de parte actora y YEANCARLOS ALIRIO VINCI RAMOS, actuando en su carácter de apoderado de la Fundación Príncipe de Paz, parte demandada en fechas 16/07/2018 y 12/07/2018, respectivamente contra la sentencia dictada en fecha 09 de julio de 2018, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en el juicio por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales.
No hay condenatoria en costas.