DECISIÓN
Con fundamento en las consideraciones expuestas con anterioridad, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir el presente RECURSO POR ABSTENCIÓN interpuesta por el ciudadano RAIMONDO LI CALZI DE LEO titular de la cédula de identidad N°V- 16.040.843, en su carácter de DIRECTOR DE LA SOCIEDAD MERCANTIL VENEZOLANA INDUSTRIAL DE AGREGADOS C.A, asistido por el abogado LUIS ALBERTO ALVARADO MARTÍNEZ, titular de la cédula de identidad N° V-16.042.317, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 311.378, demanda incoada contra del REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: SIN LUGAR EL RECURSO POR ABSTENCIÓN INTERPUESTO.
TERCERO: Se ordena Notificar al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, de conformidad con lo establ.....