DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Juicio Mixto del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia por UNANIMIDAD, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
PRIMERO: Se ABSUELVE a los ciudadanos ROIMAN ADAN RAMOS ARAGUREN, de nacionalidad Venezolano, natural de Turen, nacido el 21/04/87, de 18 años de edad, de estado civil, soltero, de profesión u oficio estudiante, titular de la Cédula de Identidad N° V- 18.871.482, hijo Zuleima Migdalia Aranguren (v) y Adan Esteban Ramos (v), residenciado en: Turen Barrio Andrés Eloy Blanco, calle 5, entre avenidas 8 y 9, casa s/n, Estado Portuguesa y EDWIN ADALBERTO ROMERO DURAN de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de profesión indefinido, no cedulado, residenciado en residenciado en la calle 06, casa s/n° del barrio Stadium, Turén, Estado Portuguesa por la imputación de la comisión del de.....