Por los anteriores razonamientos este Juzgado Segundo del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la acción por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales Judiciales, intentada por el abogado en ejercicio JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ QUINTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.129.155, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 28.057, de este domicilio, en contra de los ciudadanos CARLOS VICENTE RODRÍGUEZ CIRIMELI y JUAN ANTONIO ROLON BORRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 1.850.387 y 9.469.766 respectivamente, ambos de este domicilio.
No hay condenatoria en costa dada la naturaleza del fallo.