Oídas las pretensiones de las partes presentes en esta sala de audiencias, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente con sede en esta ciudad de Guanare, Administrando Justicia en Nombre del Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede a dictar el Pronunciamiento en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara Sin lugar lo peticionado por la Defensora Publica II; Abg. Taide Jiménez, en cuanto a que en relación a que se fije una audiencia oral para oír al adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA e igualmente se niega el permiso navideño solicitado para los días 22, 23, 24, 25, 29, 30, 31 de diciembre de 2015 y 1 de enero de 2016. todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 44 y 49, de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y artículos 528, 559 y 581 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Ad.....