DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por los ciudadanos: MENDEZ PEREZ OLIVET YALARMIT y ANGULO GONZALEZ PEDRO LEON, antes identificados en autos según el Artículo 185-A del Código civil.-
En consecuencia, conforme al artículo 184 Eiusdem, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos por ante la Casa de la Ciudadanía, del Municipio Esteller, Estado Portuguesa, según consta en el libro de matrimonio, bajo el Nº 12.