DISPOSITIVO
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la defensa como punto previo, relativa a la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN alegada por la parte demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO PORTUGUESA en el juicio por reclamación de prestaciones sociales que sigue en su contra el ciudadano ENNIO RAMON BRICEÑO LOPEZ.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por reclamación de prestaciones sociales intentada por el ciudadano ENNIO RAMON BRICEÑO LOPEZ contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO PORTUGUESA. En consecuencia se ordena al ente demandado pagar al actor la cantidad de VEINTICUATRO MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS (Bs. 24.184,24), más indexación e intereses de mora.
TERCERO: No hay condena.....