DISPOSITIVA
Por la razones precedentemente expuestas, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Extensión Acarigua. Sección Adolescentes, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 621, 629 y 646 de la Ley Orgánica Para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Acuerda mantener el cumplimiento de la medida de Libertad Asistida impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA antes identificado, por lo que en consecuencia dicho ciudadano deberá comparecer, de manera inmediata a las citas que les paute el Equipo Técnico Multidisciplinario, a fin de cumplir cabalmente con la medida de libertad asistida, y en cuanto a la Regla de conducta, el adolescente deberá consignar copia de los certificados de los cursos realizados de computación y ingles durante el lapso de quince días.
Dictada, firmada y sellada en la sede de este Tribunal de Ejecución del Circui.....