Con fundamento en loas anteriores considerandos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, reforma el cómputo de penas impuesto al penado LUIS TOMAS CORDERO MORENO, venezolano, natural de Acarigua estado Portuguesa, nacido en fecha 22-11-66, de 37 años de edad, hijo de José Tomás Cordero (f) y Angelina Cordero Moreno, soltero, agricultor, identificado con cédula N° 11.547.807, domiciliado en caserío ?La Rogeña?, calle 1 casa N° 11 Municipio Araure, Estado Portuguesa, dictado en fechas 26-07-2.004 y 16-11-2.004, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia, ofíciese lo conducente y remítase copia certificada del presente auto ejecutorio al Director del Centro Penitenciario de Los Llanos Occidentales, al Director de Prisio.....