Por los motivos expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; declara CON LUGAR la demanda de acción Mero Declarativa de Concubinato interpuesta por la ciudadana MARTHA SULBARAN ZAMBRANO. En consecuencia se demostró la existencia de la relación de Concubinato existente entre los ciudadanos: MARTHA SULBARAN ZAMBRANO y JUAN ERNESTO RODRIGUEZ MAPO, antes identificados, desde el 16 de diciembre de 1993 hasta el 04 de diciembre de 2003; Razón por la cual la ciudadana MARTHA SULBARAN ZAMBRANO, le corresponde el 50% de los bienes pertenecientes a la Comunidad Concubinaria, desde el 16 de diciembre de 1993 hasta el 04 de diciembre de 2003.