V. DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, RESUELVE:
PRIMERO: Por DECISIÓN UNÁNIME, A B S U E L V E a los ciudadanos CLAUDIO COROMOTO ARROYO DURÁN, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-13.601.518, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 07 de Julio de 1968, hijo de Francisco Arroyo y Teresa Durán, de estado civil soltero, de ocupación obrero, residenciado en Barrio El Milagro, Avenida 23 de Enero, detrás del Aserradero, casa s/n, Guanare, Estado Portuguesa; JOSÉ FRANCISCO ARROYO DURÁN, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.240.873, natural de Guanare, Estado Portuguesa, nacido en fecha 27 de Agosto de 1955, hijo de Francisco Ar.....