En fuerza de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente con Lugar, la pretensión mercantil de cobro de bolívares por intimación, incoada por el ciudadano NASSER FAKHR EL DEIN ABBUD, contra el ciudadano WALID CHARRANI LOE, ambos identificados.
En consecuencia, se condena al demandado a cancelar al actor la suma global de Sesenta y Cinco Mil Cuatrocientos Noventa Bolívares con Sesenta y Seis Céntimos (Bs. 65.490,66) que comprende el valor a capital del cheque accionado; los intereses moratorios calculados a la tasa anual del cinco (5 %) por ciento anual, generados hasta la presente fecha; los derechos de comisión y los gastos del protesto del efecto comercial.
Se declara parcialmente con lugar la apelación de la actora y queda confirmada pero modificada.....