En consecuencia, en atención a los motivos antes expuestos este Juzgado de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA PORROGAR LA MEDIDA DE PROTECCION, acordada por este Juzgado en fecha 19/01/11, acordó MEDIDA DE PROTECCIÓN a favor CARLOS ANTONIO SOTO, venezolano, 50 años de edad, locutor y músico, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.274.869, domiciliado actualmente en la Avenida 29 cruce con Calle 28, centro de Acarigua, frente a TRAKI, local soto natural, Acarigua Estado Portuguesa , y a todo su grupo familiar, FI -2C-1 202-11, dicha causa penal fue aperturada ante la Fiscalia Primera del Ministerio Público de este Circuito Judicial, por uno de los delitos Contra la Propiedad, donde figura como imputado FRANCISCO JAVIER BUSTILLO, consistente en el PATRULLAJE POLICIAL PERIÓDICO a la residencia de la mencionada ciudadana, por lo menos tres veces al día, variando.....